En el segundo semestre del año 2021, se aprobó la Ley 2101 que reduce la jornada laboral a partir del 1 de julio de 2023. La medida es progresiva año tras año hasta el 2026.
La jornada laboral en Colombia pasará entonces de 48 horas semanales, a 42 horas de cara al año 2026.
“La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas a la semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días, a la semana, garantizando siempre el día de descanso…”
La jornada laboral a la semana desde julio de 2023 es de 47 horas laborales, en el 2024 será de 46 horas, en el 2025 con 44 y en el año 2026 se ajustarán a 42 horas a la semana; no puede existir una reducción salarial.
¿Pero esto que implica?
La O.I.T (Organización Internacional del Trabajo) ha recomendado que la jornada laboral debe ajustarse a 40 horas semanales. Lo anterior, por la salud física y mental de los trabajadores y de sus familias.
Las jornadas laborales o de trabajo no contempla las horas de almuerzo, onces, merienda o pausas activas, es decir que estas no son parte de la jornada laboral diaria.
En Colombia año 2024, excederse de 46 horas en la semana, constituye lo que se denomina hora extra, un reconocimiento económico extra a la jornada laboral.
¿Cómo saber el valor de una hora de trabajo?
En Colombia la jornada laboral no está regulada por horas como si pasa en otros países. De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, se entiende como una hora extra o trabajo adicional, aquella que excede la jornada máxima legal.
Ejemplo: Si gana un millón trescientos mil pesos mensuales, hoy un SMLMV ($1.300.000) este se divide siempre por 30 días, que es lo que regularmente tiene un mes.
Lo anterior, para conocer el valor diario ($43.333) de ese valor diario, se divide por 7.6 horas y obtener el valor de hora y así la hora extra regular ($5.701).
Lo anterior, teniendo en cuenta que serán 46 horas a la semana (46 horas dividido por 6 días a la semana = 7.6 horas).
Auxilio de transporte | $ 140.606 | |
salario dia o jornal | $ 38.666 | |
Hora | $ 4.833 | |
Recargo por hora nocturna ordinaria (35%) | 35 % | $ 1.692 |
Hora extra nocturna (75%) | 175 % | $ 8.457 |
Hora extra diurna (25%) | 125 % | $ 6.041 |
Hora extra diurna (25%) dominical o fest. + (75%) | 200 % | $ 8.457 |
Hora extra nocturna (75%) dominical o fest. + (75%) | 250 % | $ 12.082 |
Hora recargo nocturno ord. (35%), dominical o festivo +(75%) | 210 % | $10.149 |
Hora dominical. (75%) | 175 % | $ 8.456 |
Si considera que trabaja más de las 46 horas semanales, puede exigir el ajuste al pago mensual de esa(s) hora(s) extra(s), o podrá acudir al Ministerio de Trabajo.
Recuerde, que reducir la jornada laboral semanal a 42 horas será progresivo año tras año, hasta el 2026.
Imagen de portada Caracol Radio.
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