A raíz de la posesión del nuevo alcalde de Bogotá Carlos Fernando Galán, es normal que cada 4 años exista una designación de alcaldes para cada una de las 20 localidades. Estás Autoridades administrativas ayudarán a cumplir las metas Distritales y locales.
Cualquier ciudadano que cumpla con lo requerido puede presentarse.
¿Qué se necesita para ser alcalde local?
Lo primero, es residir o fungir alguna actividad económica en el territorio o localidad para el cual aspira ser alcalde y acreditarlo con una certificación de residencia por los últimos 2 (dos) años.
El aspirante a una de las alcaldías locales deberá ser profesional y tener mínimo un posgrado, no importa el área de estudio.
Pasar el examen que determinará su conocimiento en la función pública, de pasar podrá ser parte de la terna.
La terna es seleccionada por los 9 u 11 ediles de cada localidad, el alcalde de Bogotá escogerá al que considere apto para el ejercicio o rechazará la terna.
En caso de rechazo, la Junta Administradora Local deberá presentar una nueva terna.
Que debe tenerse en cuenta.
- Deberá presentar en su momento, una hoja de vida de función pública SIDEAP. (Sistema de Información Distrital del Empleo y la Administración Pública).
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía, legible y ampliada al 150%.
- No tener antecedentes judiciales.
- Haber realizado la inscripción previa para ser alcalde local.
- Certificado de residencia o actividad industrial o comercial con la localidad.
Los causales de rechazo son:
- La ausencia de alguno de los documentos establecidos para participar en el proceso meritocrático.
- La falta de certificación de residencia, laboral, comercial, industrial o profesional.
- Se compruebe que el postulado esté incurso en alguna inhabilidad.
- Que el postulado se inscriba en más de una localidad.
IMAGEN: Secretaría de Gobierno